¿Qué es la cuota de autónomos?
La cuota de autónomos es un pago mensual obligatorio para todas aquellas personas que se den de alta como trabajadores o profesionales por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
¿Cuánto tengo que pagar de cuota de autónomos?
En España los trabajadores autónomos están obligados a cotizar desde el primer día en que inicien su actividad profesional. Dicha liquidación se tiene que realizar en la Tesorería General de la Seguridad Social, ya sea domiciliando el pago (en ese caso la Tesorería nos hará el cargo automáticamente a principios de mes), o bien de forma telemática a través de la página web de la Seguridad Social.
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En cuanto a la pregunta de cuánto tengo que pagar cada mes de autónomo, no existe una respuesta fija, ya que la cuota de autónomos es un porcentaje que cada trabajador por cuenta propia debe calcular en función de lo que prevé que va a ingresar cada mes, es decir, del "sueldo teórico" que espera obtener aproximadamente. Hay que tener en cuenta que el Gobierno fija cada año unas bases de cotización mínimas y máximas, por lo que, al margen de los cálculos que haga cada profesional, la cuota a pagar será un equivalente determinado por dicho margen mínimo y máximo.
Cuota de autónomos 2017
El 1 de julio de 2017 el Gobierno fijó las bases mínimas y máximas de cotización para los autónomos en las siguientes cantidades:
- Base de cotización mínima: 919,80 €.
- Base de cotización máxima: 3.642 €.
Para calcular tu cuota de de cotización como autónomo debes aplicar los siguientes porcentajes a la base de cotización que elijas (recuerda que esta debe encontrarse entre la cantidad máxima y mínima establecida):
- Contingencias comunes. Si decides cotizar solamente por contingencias comunes, el porcentaje que pagarás sera del 29,80% de tu base.
- Contingencias profesionales. En este caso, el porcentaje que se aplica es el 29,30% de tu base, al que se le ha de añadir un suplemento en función del código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) que tenga la actividad a la que te dediques (suele oscilar entre el 1,5% y el 6%).
- Si deseas tener derecho al paro de los autónomos, el porcentaje final que pagarás sobre la base será del 31,50%.
En la práctica, las cuotas mensuales mínimas y máximas a pagar según la base elegida son las siguientes:
- Cuota mínima: 275 € (aproximadamente).
- Cuota máxima: 1.121,63 € (aproximadamente).
A la hora de calcular la cuota a pagar, tenemos que tener en cuenta que existen algunas ayudas como la tarifa plana de 50 € (que recientemente se ha ampliado al primer año de actividad) o las bonificaciones de la RETA aplicables a colectivos específicos como: los autónomos colaboradores, los mayores de 65 años, los jóvenes o para casos de cese de actividad por maternidad o paternidad. La cuota que paga el autónomo cada año va a repercutir directamente en lo que en el futuro te quedará de jubilación y en las prestaciones que te correspondan por enfermedad transitoria o invalidez, por lo que no es aconsejable cotizar indefinidamente por la base de cotización mínima. Post relacionados: