Todo lo que debes saber sobre los autónomos colaboradores

Gestión empresarial


Si te estás planteando la contratación de un familiar para que tu trabaje en tu empresa o negocio este artículo te interesa, puesto que vamos a hablar de una figura vinculada directamente a esta cuestión: los autónomos colaboradores.

 

¿Qué es un autónomo colaborador y sus requisitos?

El autónomo colaborador es un familiar que trabaja para nosotros en el régimen de autónomos. Pero debemos tener en cuenta que no todos los familiares pueden contratarse como autónomos colaboradores, sino que se deben cumplir una serie de requisitos:

  • La primera condición para poder cotizar de autónomo colaborador es que debe ser un familiar de primero o segundo grado de consanguinidad. Es decir: cónyuges, padres, hijos, abuelos, hermanos y nietos del autónomo titular o empresario.
  • Los hijos adoptados se consideran primer grado, por lo que también pueden darse de alta como autónomos colaboradores.
  • Con la ley actual, las parejas de hecho no pueden funcionar como autónomos colaboradores.
  • El trabajo de los autónomos colaboradores debe ser habitual.
  • El autónomo titular, empresario o dueño del negocio tiene que asumir el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social del autónomo colaborador y pagarle su salario o nómina correspondiente.
  • El trámite de darse de alta como autónomo colaborador es muy sencillo y más fácil que el de un autónomo normal. Lo único que hay que darse de alta en la Seguridad Social, especificando que se trata de un familiar colaborador. Para ello hay que presentar en la Seguridad Social la Solicitud de Alta en el Régimen Especial de Autónomos - Familiar colaborador del titular de la explotación (modelo TA0521/2).
  • A diferencia del autónomo estándar, los autónomos colaboradores no tienen que darse de alta en Hacienda, lo que supone un trámite menos y ventaja fiscales adicionales, como veremos a  lo largo de este artículo.
  • A modo de documentación obligatoria, el autónomo colaborador tiene que aportar: libro de familia, el DNI y  copia del alta en la Agencia Tributaria del familiar dado de alta en autónomos y titular del negocio.

 

 

Ventajas del autónomo colaborador

La principal ventaja del autónomo colaborador es la bonificación del 50% de la cuota de autonomo (132 euros aproximadamente en vez de los 264 euros que paga un autónomo estándar) durante los primeros 18 meses de actividad. Está previsto mejorar estas bonificaciones en las próximas reformas laborales.

autónomos colaboradores

Obligaciones fiscales del autónomo colaborador

El tratamiento fiscal del autónomo colaborador es más ventajosa, y esto se deriva de que no figura como obligado tributario en Hacienda. En la práctica, esto significa que el autónomo colaborador:

  • No está obligado a presentar la declaración trimestral de IVA e IRPF, obligación que corresponde al titular del negocio o empresario.
  • El autónomo colaborador únicamente tiene que presentar la declaración anual de IRPF, según los ingresos que haya obtenido.

 

La razón de la existencia de la figura del autónomo colaborador no es otra que los familiares directos de autónomos que trabajan en el negocio familiar, algo bastante frecuente en cónyuges e hijos de dueños de pequeños negocios, tengan más facilidades para cotizar y regular su situación laboral.

 

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